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miércoles, 31 de julio de 2013

CONSTRUCTORES DE VIVIENDA DEBERÁN OFRECER GARANTÍAS Y PAGAR POR VICIOS OCULTOS

Se protegerá a compradores de casas para que no pierdan su patrimonio debido a negligencias tanto de la autoridad como de fraccionadores


Mexicali, B. C., miércoles 31 de julio de 2013.- El Pleno del Congreso local aprobó por mayoría el dictamen 222 proveniente de la Comisión de Gobernación, mediante el cual se reformaron diversos artículos de la Ley de Edificaciones del Estado, con el fin de que los fraccionadores otorguen garantías a los compradores de vivienda, y en su caso responder por vicios ocultos en ellas.

El dictamen fue leído en tribuna por el Legislador Juan Montejano de la Torre, y contiene una Iniciativa de la ex Diputada Rosana Soto Agüero para proponer la creación de la “Responsabilidad Civil Profesional” y la “Garantía de Edificación”.
En cuanto a esto último, se propone que las autoridades municipales establecerán la forma, montos y términos en que los responsables otorgarán al propietario, los seguros que garantizarán los daños materiales que pudieran presentarse por vicios ocultos o defectos en la construcción.
Para ello, se señaló un mínimo del 30 por ciento sobre el valor del bien para la fijación de los montos de la garantía, los cuales deberán tomarse en consideración para otorgar la licencia de construcción respectiva, así como el procedimiento para determinar su aplicación.
En ese sentido, se prevé un seguro de indemnización por daños materiales en la construcción debido a vicios ocultos o defectos de ejecución de obra que afecten elementos de terminación o acabado, el cual tendrá una vigencia de tres años contados a partir de la recepción de la edificación por parte del propietario.
Asimismo, un seguro por los daños materiales causados en la edificación por vicios ocultos o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones, mismo que tendrá una vigencia de cinco años contados a partir de la recepción de la edificación.
También un seguro de indemnización por defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad de la edificación, el cual tendrá una vigencia de diez años.
Por otro lado, en referencia a la Responsabilidad Civil Profesional se propone que las personas físicas o morales que intervienen en el proceso de edificación, responderán frente al propietario de los daños materiales dentro de los plazos indicados, contados a partir de la fecha de recepción de la edificación.
 Por último, queda establecida la facultad del propietario del bien inmueble para solicitar a la autoridad municipal, la realización de un dictamen que determine la viabilidad o no de recibir una construcción, dentro de los diez días anteriores a la fecha que se proponga para su recepción.
 Estas modificaciones legales fueron avaladas por 17 Diputados del PRI, PVEM, PT y el Legislador Marco Antonio Vizcarra Calderón, así como el voto en contra de Rubén Alanís Quintero, Gustavo Magallanes Cortés y María del Rosario Rodríguez Rubio del PAN, y la abstención Lizbeth Mata Lozano, Asambleístas del Partido Acción Nacional.

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