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sábado, 17 de noviembre de 2012

MI CERTIFICACIÓN.


Recientemente se ha generado un clima de confusión en relación con mi proceso de certificación en control de confianza, en el cargo de Director de Seguridad Pública del V Ayuntamiento de Playas de Rosarito. La información se ha manejado de manera convenientemente parcial y tendenciosa por diversos actores involucrados, y para evitar que se siga manipulando con irregulares fines, aclaro al respecto.
1. El 12 de julio de presente año, a propuesta del presidente municipal, el Cabildo de Playas de Rosarito me designó Director de Seguridad Pública; a solicitud del alcalde y mía propia el 17 de julio siguiente al titular de la Secretaría de Seguridad Pública estatal (SSPE), el Centro de Evaluación y Control de Confianza del estado (C3) fijó el 24 y 25 de julio como fecha para evaluación de control de confianza, de la siguiente forma: el 24, evaluaciones sicológica, química clínica, toxicológica, y de investigación socioeconómica; el 25, evaluaciones poligráfica, y médico-clínica. En todas estuve puntual, y respecto de la investigación socioeconómica, se fijó el 3 de agosto para la visita domiciliaria y entrega de documentos diversos –como estados de cuenta bancarios y créditos comerciales, entre otros- que terminé de entregar vía correo electrónico el 16 de agosto.
Diversas declaraciones surgieron en los medios de comunicación para decir que había asumido el cargo indebidamente, pues se afirmaba que previo a ello debía haber presentado y acreditado los exámenes de control de confianza. Si bien la Ley de Seguridad Pública no es clara al respecto, debo decir que mi antecesor en el cargo, el Mayor Magdaleno Vázquez Luis, no presentó sus evaluaciones sino cuatro meses después de haber sido designado; por cierto, hasta la fecha se desconoce el resultado pues nunca llegó al alcalde. Más aún: del antecesor de mi antecesor, el Capitán Jorge Eduardo Montero Álvarez, titular de Seguridad Pública en el IV Ayuntamiento, no existe en su expediente laboral, constancia de solicitud de evaluaciones al respecto y, tampoco, resultado.
2. Al asumir el cargo encontré diversas irregularidades administrativas. Una de estas tenía que ver con el cobro de cuotas semanales a elementos de la Policía Auxiliar que, por testimonios diversos, se señalaba directamente al Capitán Jorge Eduardo Montero Álvarez, actual Subsecretario de Seguridad Pública de Baja California, como la persona que instruyó la medida, aunado al hecho de que los dineros que se recaudaban se entregaban en su oficina, en su presencia, ordenando su depósito en una cuenta bancaria personal; ante la evidente irregularidad, los hechos fueron denunciados ante la Sindicatura Municipal el 1º de agosto. Al día siguiente, el canal local de Rosarito CNR 54, me entrevistó al respecto dando pormenores del asunto; simultáneamente entrevistó al subsecretario estatal Montero Álvarez quien de viva voz señaló que –entre otras cosas- no había aprobado los exámenes de confianza siendo que, como he apuntado, apenas estaban en proceso.
3. En fecha 20 de agosto -4 días después de haber entregado mi última documentación, sábado y domingo incluidos- el C3 emitió un resultado ‘no aprobatorio’ del suscrito, sin precisar cómo y por qué fue que se llegó a tal conclusión reprobatoria; esto es, no informó cuál o cuáles de las cinco evaluaciones practicadas había resultado no aprobatoria. Y así, al no haber justificado el resultado, que se traduce en falta de motivación y fundamentación de un acto de autoridad, fue que se promovió juicio de amparo al respecto -que se encuentra en trámite- en el que he vertido diversas pruebas para demostrar no sólo la irregularidad del acto que me reprobó, sino la irregularidad del proceso mismo.
4. Después de acusar ante Sindicatura Municipal al subsecretario estatal Montero, y de escucharlo anunciar que había reprobado unos exámenes que aún no concluía, no me quedó duda de la manipulación de dicho proceso en mi perjuicio pues el C3 depende, precisamente, de la SSPE de la que él es subsecretario. Pero por si la hubiere tenido, su anuncio en la red social facebook el 28 de septiembre pasado la despejaba, cuando escribió “mira diablito, sólo quiero que sepas que si hasta el día de hoy he sido tu SOMBRA, a partir de este momento seré tu PESADILLA!!!”. Tal situación motivó que fuera denunciado ante el Ministerio Público, y que se celebrara el 15 de octubre una reunión con el titular de la SSPE Daniel de la Rosa en la que estuvo presente el titular de la PDH Arnulfo de León, el suscrito, y el subsecretario Montero, en la que éste reconoció que sus expresiones en la red social habían sido un error. En esa reunión me comprometí a desistirme de la denuncia interpuesta, lo cual hice al siguiente día. No obstante, el subsecretario Montero hoy afirma que no me conoce “personalmente”, y que entre él y yo “existen diferencias de formación, conceptos, y de percepción en los términos del honor, legalidad, dignidad y lealtad”, lo que reconozco es muy cierto: yo no miento.
5. En días pasados, algunos organismos empresariales y de la sociedad civil de Playas de Rosarito solicitaron al alcalde que, en mi caso particular, “se proceda de acuerdo a lo dispuesto en el procedimiento vigente en la Ley de Seguridad Pública del Estado” y refieren que no aprobé las evaluaciones previstas en los artículos 128 y 129 de dicho ordenamiento. Al respecto, preciso que el artículo 128 que citan indica literalmente “la certificación es un proceso mediante el cual los miembros de las instituciones policiales se someten a las evaluaciones periódicas establecidas por el Centro de Control y Confianza, para comprobar el cumplimiento de los perfiles de personalidad, éticos, socioeconómicos y médicos, en los procedimientos de ingreso, promoción y permanencia.” Por su parte, el 129 indica que “la certificación tiene por objeto: A) reconocer habilidades, destrezas, actitudes, conocimientos generales y específicos para desempeñar funciones, conforme a los perfiles aprobados por el Consejo Nacional; y B) Identificar los factores de riesgo que interfieran, repercutan o pongan en peligro el desempeño de las funciones policiales, con el fin de garantizar la calidad de los servicios…”. Es precisamente este inciso el que engloba las evaluaciones que me fueron practicadas y a que hice referencia al inicio, sicológica, química clínica, toxicológica, investigación socioeconómica, poligráfica, y médico-clínica. Esto significa que únicamente me fueron practicadas entre el 24 de julio y el 16 de agosto las pruebas que refiere el inciso B) –son 6-, pero no las del inciso A) –son 5-. Y aún así me ‘reprobaron’. 
6. Desde hace algunas semanas, el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública Oscar Vega Marín, se ha subido a la discusión pública del tema. Se ha aventurado a decir que quien no aprueba un examen de control de confianza “es un criminal”. En su búsqueda frenética de reflectores –pretende ser candidato a gobernador por el PAN-, este funcionario resbaló al decir que es el mejor preparado porque no sólo tiene experiencia laboral en educación sino también en seguridad pública, creyendo que la administración de empresas, y su efímero paso en el cargo administrativo que aun detenta, le concede la capacidad y experiencia suficiente para sentirse dominador del tema. Nada más falso. ¿Qué convierte en criminal a aquél que no aprueba las evaluaciones de confianza? ¿El polígrafo, acaso? No hay que olvidar que ni siquiera en Estados Unidos, admitida procesalmente, el polígrafo constituye prueba concluyente. 
Lo he escrito diversas veces en editoriales anteriores. En octubre de 2006 escribí –Juzgue usted “Lo necesario”-: “Es muy importante –vital- establecer métodos y mecanismos para el control de confianza, como también importante es que quienes apliquen, vigilen y supervisen éstos sean personas de honorabilidad intachable pero sobretodo transparente, porque lo contrario sería tanto como “poner la iglesia en manos de Lutero.”… La más reciente, el 22 de febrero de 2011 –Juzgue usted “Sin rumbo”-, donde apunté: “El establecimiento de una corporación única tiene más tintes políticos que policíacos, puesto que medrando la autonomía de los Ayuntamientos, el uso de la fuerza pública será centralizado con fines eminentemente electorales, y mediáticamente manipulado para responsabilizar tanto a los municipios como a los estados –según el caso- de su falta de resultados en la lucha contra la delincuencia, y de su ‘falta de compromiso’. Esa misma manipulación política se da al ‘avalar’ a los mandos civiles en la policía, porque por solo citar un ejemplo, al gobierno priísta de Mexicali le fueron vetados los nombramientos de mandos superiores por no acreditar las ‘pruebas de confianza’, pero al gobierno panista de Mazatlán le avalaron el nombramiento de Víctor Zatarain como responsable de SPM siendo que fue uno de los dos responsables de que la criminalidad se disparara en Tijuana a niveles históricos. ¿Cuáles son, entonces, los criterios para acreditar las ‘pruebas de confianza’? ¿Acaso los colores de la administración estatal y municipal?” Hasta allí la transcripción.
Vega Marín está equivocado, pues no es ‘criminal’ quien no aprueba un examen de confianza, sino, en todo caso, no apto. A diferencia con un corrupto, este lo es no sólo quien recibe dinero indebido sino aquél que ejerce un cargo para el que no está preparado. Como en su caso…
7. En el pasado he realizado diversas pruebas de control de confianza, todas aprobadas: en el CISEN en 2002 y 2004, en el FBI en 2003 y 2005. A partir de la reprobación del C3, un poligrafista certificado del Estado de California, Ray Lara, con múltiples evaluaciones realizadas de manera oficial y particular, incluyendo a los gobiernos de Tailandia y de México, a solicitud del gobierno municipal me practicó una evaluación poligráfica, que también aprobé. Antes, cuando en septiembre de 2011 participé en el concurso de oposición para ocupar una plaza de Magistrado en el Poder Judicial de Baja California, el primer requisito que había que aprobar era un examen sicométrico, que también aprobé pues llegué a la fase final que concluyó en diciembre del mismo año. Entonces, ¿cuál evaluación, o cuáles, ‘reprobé’ según el C3? ¿La sicológica, la química clínica, la toxicológica, la investigación socioeconómica, la poligráfica, o la médico-clínica? ¿No aprobé 1, 2, 3, 4, 5 o las 6? ¿Por qué no me hizo la evaluación para reconocer habilidades, destrezas, actitudes, conocimientos generales y específicos para desempeñar funciones, conforme a los perfiles aprobados por el Consejo Nacional, como lo establece con absoluta claridad la Ley de Seguridad Pública de Baja California? Ante la falta de precisión, fundamentación y motivación del acto de autoridad que me reprueba, emitido antes de concluir el proceso evaluatorio en términos de ley, es que promoví el juicio de amparo.
8. Finalmente, coincido en que los mandos deben estar certificados, en conocimientos, y en confianza. Pero siempre, bajo un procedimiento profesional, transparente, confiable, y en igualdad de circunstancias. No ‘a la carta’, como actualmente sucede. Y, ante eso, habría que revisar la confiabilidad del C3, que, por lo pronto, está en manos de la justicia federal. Y cuando ésta resuelva se podrá saber del destino de los recursos del SUBSEMUN; antes no, por más que se empeñen en hacerlo parecer así.

Este asunto es de orden y legalidad, y así se habrá de resolver.

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